Nuevamente la Fiscalía General de la República (FGR) se lanzó contra un juez federal por un fallo en un caso de presunta corrupción que no le favoreció.
En esta ocasión, la institución encabezada por el fiscal Alejandro Gertz Manero amagó con “acciones legales” contra el juez Octavo de Distrito en el estado de Tamaulipas, Faustino Gutiérrez Pérez, que ordenó dejar sin efecto la captura contra el exgobernador de Tamaulipas, el panista Francisco Javier García Cabeza de Vaca, por los delitos de delincuencia organizada y operaciones con recursos de procedencia ilícita (“lavado” de dinero), debido a violaciones al debido proceso.
Mediante un comunicado, la FGR acusó al juzgador de transformar su rol de juez al de un “agente de la defensa del imputado (Cabeza de Vaca)”, toda vez que en su sentencia en el juicio de amparo 2477/2022-2, lo favoreció.
La Fiscalía General de la República consideró que Gutiérrez Pérez se dedicó en su resolución a tratar de explicar y justificar las operaciones financieras de Cabeza de Vaca, relacionadas con la compra-venta de un inmueble en la Ciudad de México, las cuales, aseguró, denotan la configuración de un delito contemplado en la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada.
“Es más que evidente en la sentencia de amparo aludida, que quien la emite, antes que hacer un análisis específico e integral tanto de lo que se planteó al solicitar la orden de aprehensión, como de lo resuelto por el Juez de Control al librar la orden de aprehensión, así como de lo alegado por la parte promovente del amparo, se dedica por entero a tratar de explicar y justificar las operaciones financieras del quejoso, las cuales en todo caso denotan la organización de hecho realizada por el citado y otras personas para la realización de ciertas conductas que llevan a la materialización de uno de los delitos contemplados en la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada”.
Afirmó que el juez de amparo llega a establecer el absurdo de que no podrían coexistir los delitos de delincuencia organizada y el de operaciones con recursos de procedencia ilícita, cuando, expuso, es por demás conocido que el primero de ellos es autónomo por esencia e incluso no requiere que se materialice la conducta o finalidad de la organización.
“Innumerables casos existen en los que se ha procedido ministerialmente por delincuencia organizada y por los delitos que son la finalidad de quienes se organizan; se han obtenido órdenes de aprehensión, vinculaciones a proceso o autos de formal prisión (según el sistema penal que aplique) y sentencias condenatorias”, refirió.
Además, arremetió, “el juicio de amparo fue tramitado y resuelto sin convocar al agente del Ministerio Público de la Federación (MPF), que investigó y judicializó el caso, cuando en derecho era obligado haberle dado la oportunidad de intervenir por su calidad de tercero interesado en ese juicio”.
“Esa omisión contraviene de manera clara, lo establecido al respecto en el artículo 5º, fracción III, inciso e), de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la propia jurisprudencia del Pleno del Suprema Corte de Justicia de la Nación”, recordó.
Ante lo que calificó como una sentencia, alejada del derecho y del más elemental sentido de justicia, la Fiscalía General de la República anunció que promoverá el medio de impugnación correspondiente, a la vez que, se analizará las acciones legales que podrían llevarse a cabo contra el juez Octavo de Distrito de Amparo de Tamaulipas, Faustino Gutiérrez Pérez.
El propósito de combatir los delitos cometidos por altos funcionarios bajo esquemas que, además de constituir actos de corrupción, implican la comisión de ilícitos penales, se ve afectado cuando se producen determinaciones judiciales que atentan contra el derecho y contra una recta administración de justicia”, indicó.
Fuente: EL UNIVERSAL
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