Derivado de una reforma al artículo 533 de la Ley de Vías Generales de Comunicación la toma de casetas ya se castiga con cárcel
El Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó la reforma al primer párrafo del artículo 533 de la Ley de Vías Generales de Comunicación.
A quienes dañen, perjudiquen o destruyan las vías generales de comunicación, o los medios de transporte, o interrumpan la construcción de dichas vías, o para obtener un lucro interrumpan el tránsito de los medios de transporte y la operación de los servicios de peaje, o total o parcialmente interrumpan o deterioren los demás servicios que operen en las vías generales de comunicación o los medios de transporte, se impondrá sanción de tres meses a siete años de prisión y multa de 100 a 500 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.
Desde el 1 de febrero la UMA fue actualizada a 96.22 pesos diarios, con lo que la multa por la toma de casetas será de 9 mil 622 a 48 mil 110 pesos.
La toma de casetas es una forma de manifestación común en México. Regularmente, los manifestantes levantan las plumas y piden dinero a los conductores para dejarlos pasar.
A principios de febrero autoridades federales y estatales impidieron la toma de la caseta de Palo Blanco de la Autopista del Sol en Guerrero, lo que desató un enfrentamiento con normalistas de Ayotzinapa.
FUENTE: LOPEZ-DORIGA
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