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Suprema Corte invalida que las Fuerzas Armadas puedan intervenir comunicaciones

(Foto: Créditos a quien corresponda)

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que los elementos de las Fuerzas Armadas no pueden solicitar información sobre civiles a operadores de telecomunicaciones sobre llamadas, mensajes ni la geolocalización en tiempo real, ni tampoco hacer revisiones a vehículos sin una orden judicial.

La SCJN analizó varias disposiciones del Código de Justicia Militar y del Código Militar de Procedimientos Penales, impugnadas por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) a través de la acción de inconstitucionalidad 46/2016.

La ministra Yasmín Esquivel dijo que sólo las autoridades civiles están facultadas constitucionalmente “para ordenar la escucha de conversaciones telefónicas o la lectura de mensajes que intercambian las personas” y argumentó que permitir a las autoridades militares la intervención de comunicaciones sería validar una forma de espionaje ilegal.

Respecto a la geolocalización, el ministro Javier Laynez Potisek consideró que la solicitud de datos de geolocalización debería estar restringida solamente a cuando se investigue delitos graves que pongan en riesgo la vida, la integridad y la seguridad de una persona.

La ministra Loretta Ortiz comentó que la inspección de vehículos sin autorización judicial vulnera el derecho a la intimidad y, en particular, “el artículo 16 constitucional que prohíbe todo acto arbitrario de molestia”.

Fuente: LatinUs