El cambio de identidad de género es un trámite que ya se ha presentado en distintas oficialías del Registro Civil en Matamoros, aunque hasta ahora los casos han sido pocos, no así la búsqueda de información para llevar a cabo esta acción.
De acuerdo con la oficial cuarta del Registro Civil, Alejandra Monzo, en esta dependencia únicamente se ha atendido un caso durante el actual periodo administrativo.
Explicó que este tipo de modificación en las actas de nacimiento no se realiza directamente en el Registro Civil, sino que debe llevarse a cabo mediante un proceso legal, es decir, la persona interesada debe iniciar un juicio y es un juzgado quien emite la sentencia que ordena al Registro Civil realizar la corrección correspondiente en el acta.
Indicó que, una vez que el juez dicta la resolución, el Registro Civil procede a realizar los cambios indicados, que pueden incluir la corrección del acta o incluso que el documento original deje de aparecer en el sistema, dependiendo de lo que determine la autoridad judicial.
La funcionaria señaló que todo el proceso legal es gestionado por abogados, quienes se encargan de reunir los requisitos y presentar el caso ante el juez.
«Al Registro Civil únicamente le corresponde ejecutar la sentencia cuando ésta ya ha sido emitida», dijo.
Cabe hacer mención que, recientemente, la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que los menores de edad también pueden solicitar el cambio de identidad de género sin necesidad de esperar a cumplir los 18 años, lo que representa un cambio importante en la legislación. Ante estas disposiciones, la oficial cuarta del Registro Civil señaló que deberán adaptarse a las nuevas resoluciones y brindar el apoyo necesario conforme a la ley.
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