El pleno del Senado de la República aprobó con 80 votos a favor y 17 abstenciones que los padres pueden determinar el orden de prelación de apellidos para los hijos recién nacidos. El proyecto reformó el artículo 58 del Código Civil Federal.
La reforma establece que “el acta de nacimiento contendrá los nombres propios y apellidos que les correspondan en el orden de prelación que los progenitores convengan, pudiendo elegir de entre los apellidos maternos y paternos”.
Las reformas pasarán a la Cámara de Diputados para su análisis, discusión y aprobación final.
La presidenta de la Comisión de Justicia, Olga Sánchez Cordero, argumentó que actualmente el hecho de que no se pueda elegir el orden de prelación de los apellidos de las hijas e hijos “puede violentar el derecho a la igualdad, que se prevé en el artículo 4 de la Constitución, y llevar a una práctica discriminatoria en agravio de las mujeres”.
Sánchez Cordero agregó que actualmente el derecho a la igualdad se puede ver violentado “en virtud de que los apellidos de las personas obedecen a un formalismo patriarcal que carece de toda justificación, por lo que transmite una percepción de que el hombre cuenta con una mayor jerarquía familiar y social sobre las mujeres”.
La senadora Antares Vázquez Alatorre, de Morena, argumentó que esta reforma es una forma de “reivindicar a las mujeres que criaron solas a sus hijos”.
Fuente: Aristegui Noticias
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