Poder Judicial en el estado dicta las sentencias en hechos de agresiones en el hogar entre el 2020 y 2021; la Fiscalía registró un número mayor de denuncias en la pandemia, informó el SNSP
Mientras en los primeros dos años de la pandemia la violencia familiar generó 14 mil 351 denuncias en Tamaulipas, el Poder Judicial produjo en el mismo periodo de tiempo 27 sentencias condenatorias contra personas que cometieron ese delito.
En 2020, año del confinamiento por la irrupción del covid-19, se abrieron en la entidad 6 mil 467 carpetas de investigación por agresiones al interior de los hogares, informó el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (Sesnsp).
En 2021, bajo el contexto de la nueva normalidad, más víctimas de este delito acudieron a las unidades generales de investigación a formalizar la acusación contra sus agresores y el Ministerio Público adscrito acumuló 7 mil 884 denuncias.
Sin embargo, en el mismo lapso de tiempo, las sentencias condenatorias derivadas de procesos judiciales por violencia doméstica no marcharon con el mismo ritmo, según datos de la Plataforma Nacional de Transparencia.
En 2020, el Supremo Tribunal de Justicia de Tamaulipas emitió apenas diez sentencias condenatorias por este ilícito y 17 al año siguiente, sumando un total de 27 resoluciones que confirmaron la responsabilidad penal de las personas acusadas, en su mayoría hombres.
Entre ambos años, quince sentencias corresponden todavía al sistema tradicional de justicia, seis al oral abreviado y seis más al sistema oral en juicio.
Así lo desglosó Alejandro Suárez Hernández, coordinador de Planeación, Desarrollo Administrativo y Estadístico del órgano judicial, en un informe enviado a María Teresa Macip Valeria, jefa de la Unidad de Transparencia del Poder Judicial de Tamaulipas.
El Código Penal de Tamaulipas refiere que comete el delito de violencia familiar quien por acción u omisión ejerza cualquier tipo de maltrato físico, psicológico, patrimonial, económico o sexual contra cualquier otro miembro de la familia con el que se encuentre o haya estado unido por vínculo matrimonial, de parentesco por consanguinidad, afinidad o civil, concubinato, o que mantenga o haya mantenido una relación de hecho dentro o fuera del domicilio familiar.
A quien cometa este delito se le impondrá de seis meses a cuatro años de prisión y perderá el derecho de pensión alimenticia. Asimismo, se le sujetará a tratamiento psicológico especializado y de igual manera, estará obligado al pago de la reparación del daño de las víctimas.
Fuente: Milenio
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