Más de 2.3 millones de personas se dedican al trabajo del hogar en México, nueve de cada diez son mujeres; un tercio (36%) comenzó a trabajar siendo menor de edad, según datos de CONAPRED.
Las trabajadoras del hogar han sido históricamente objeto de una discriminación estructural en México, donde han enfrentado obstáculos para ejercer sus derechos. La mayor parte de la sociedad no considera este tipo de empleo como una ocupación “real”, sino como parte de las actividades “normales” o “naturales” de las mujeres. Según consigna un estudio realizado por el Consejo Nacional Para Prevenir la Discriminación (CONAPRED), en México 2.3 millones de personas –el equivalente a la población total de Tabasco– se dedican al trabajo del hogar y nueve de cada diez son mujeres (INEGI 2018).
Éste es un sector laboral particularmente invisible y estigmatizado. Las condiciones que las trabajadoras del hogar enfrentan son difíciles e inequitativas comparadas con otros sectores. Las leyes actuales permiten que jornadas de hasta de doce horas, sin derechos laborales, seguridad social, contratos, garantías de pensión o posibilidad de ahorro, entre otras privaciones. Esta situación interactúa, además, con la diversidad de arreglos laborales (“de planta”, por días, horas o eventuales). Ante la ausencia de normas que garanticen sus derechos, las trabajadoras del hogar se encuentran en una grave situación de vulnerabilidad.
Temas a resolver
Activistas han buscado en los últimos años que México ratifique el Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo. Se trata de la primera norma internacional con medidas específicas para mejorar las condiciones de vida de las trabajadoras del hogar. El documento ha sido ratificado por un total de 25 países; en América Latina, está en vigor en Argentina, Bolivia, Chile, Colombia, Costa Rica, República Dominicana, Ecuador, Guyana, Jamaica, Nicaragua, Panamá, Paraguay y Uruguay.
En enero de 2019, Brasil se unió al convenio. Además de la ratificación de éste, México debe reformar las leyes vigentes –particularmente la Ley Federal del Trabajo y la Ley de Seguridad Social– para reconocer plenamente los derechos de las trabajadoras del hogar. Asimismo, debe crear los incentivos necesarios para que los empleadores cumplan con las mismas obligaciones que se establecen en otras profesiones.
La Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo del primer trimestre de 2018 (INEGI), señaló el 92% de quienes se dedican al trabajo del hogar remunerado son mujeres. El promedio de escolaridad de la población ocupada en México mayor a 15 años, equivale a 10 años. Para los hombres trabajadores del hogar, el promedio disminuye a ocho; para las mujeres del mismo oficio, a siete (STPS 2016).
Los hombres que se dedican al trabajo del hogar remunerado gozan de mejores condiciones laborales que sus contrapartes mujeres. Por ejemplo, tres de cada diez hombres trabajadores del hogar (29.3%) percibe hasta dos salarios mínimos. Entre las mujeres, la proporción aumenta a cuatro de cada diez, el 41.8% (STPS 2016). Mientras que 83.2% de los hombres en esta ocupación no tiene acceso a servicios de salud, la proporción entre las mujeres aumenta a 98.1% (STPS 2016).
Entre las trabajadoras que participaron en una encuesta del CONAPRED (2015), un tercio (36%) comenzó a trabajar siendo menor de edad; de hecho, una de cada cinco (21%) lo hizo entre los 10 y los 15 años, edades en las cuales el trabajo es ilegal. 96% de las trabajadoras del hogar encuestadas en el mismo estudio no contaba con un contrato escrito que especificara sus actividades.
Los resultados del estudio arriba mencionado también muestran que cuatro de cada cinco de las trabajadoras encuestadas (81%) se emplean en el trabajo doméstico por razones de necesidad económica y por factores asociados a la marginación y la pobreza, como escaso alcance educativo y falta de oportunidades (CONAPRED 2015).
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