La presidenta Claudia Sheinbaum Pardo anunció este 17 de marzo de 2026 una nueva iniciativa de reforma electoral que será enviada al Senado, la cual incluye cambios constitucionales y modificaciones a leyes secundarias.
“Va hoy a la Cámara de Senadores la propuesta. Tiene reforma constitucional y posteriormente su reforma legal, también incluye modificaciones a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales”, indicó. También reiteró su postura de reducir el presupuesto del Instituto Nacional Electoral y de los partidos políticos. “Nosotros vamos a seguir insistiendo en que el INE debe bajar su presupuesto y que no se deben destinar tantos recursos a los partidos políticos (…) Seguimos insistiendo en reducir privilegios”.
¿En qué consiste la iniciativa de Plan B de reforma electoral?
- Municipios y Congresos locales:
- Reducción del número de Regidurías, de siete hasta un máximo de 15.
- Se limita a una Sindicatura por municipio.
- Tope presupuestal a los Congresos locales del 0.70 por ciento del presupuesto de egresos de cada entidad.
- Se indicó que ahorros de la reducción de Regidurías y Congresos locales serán utilizados en obras de infraestructura pública de los propios municipios y estados.
- INE, Tribunales y Órganos Electorales de los Estados:
- Consejeros, magistrados y altos funcionarios no podrán ganar más que la presidenta de México.
- Se acabarán los privilegios como bonos, seguros de gastos médicos mayores, ingresos adicionales.
- En el caso del Senado de la República, también se ha acordado una reducción de gasto progresivo hasta llegar a un 15 por por ciento.
- Revocación de Mandato:
- Se plantea que la Revocación de Mandato se realizará el primer domingo de junio del tercer o cuarto año de gobierno: en 2027 o 2028, dependiendo del año que se solicite.
- Reforma a Leyes secundarias:
- Se modificarán los siguientes artículos de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales:
- Artículo 31: Tope a las remuneraciones del INE de consejeros y altos funcionarios.
- Artículo 99: Tope a las remuneraciones Organismos Públicos Locales Electorales (OPLES) a consejeros y altos funcionarios.
- Artículo 104: Inicio de cómputos en elección federal a la conclusión de la jornada, con la llegada del primer paquete.
- Artículo 116: Tope a las remuneraciones a magistrados y altos funcionarios de Tribunales Electorales Locales.
- Artículo 192: Convenios con diversas autoridades en materia de fiscalización.
- Artículo 192: Uso de tecnologías para la fiscalización.
- Artículo 310: Inicio de cómputos locales a la conclusión de la jornada, con la llegada del primer paquete.
- También se modificarán los siguientes artículos de la Ley de Partidos Políticos:
- Artículo 30: Obligación de transparentar las remuneraciones de dirigente sde partidos.
- Artículo 50: Obligación de los partidos de reportar sus operaciones financieras en tiempo real mediante sistema bancarizado.
- Artículo 51 Tope de remuneraciones a mil 500 UMAS (salario de la presidenta de México).
- Artículo 54: Prohibición de recursos ilícitos o de origen no comprobable.
- Artículo 55: Prohibición de recursos del extranjero y aportaciones en efectivo.
- Se modificarán los siguientes artículos de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales:
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